El Gremio de Reformas de Cataluña recuerda los requisitos para volver a la actividad


18 mayo, 2020

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18.o5.2020 La Orden SND / 385/2020, de 2 de mayo (BOE del 3 de mayo de 2020) por la que se modifica la Orden SND / 340/2020, de 12 de abril, habla sobre reemprender obras en edificios existentes. El Gremio de Reformas de Interiores, Cocinas y Baños de Cataluña, una vez realizadas las consultas necesarias con las diferentes entidades oficiales, hace la siguiente interpretación de estos requisitos para informar al sector.

Requisitos para reemprender las obras de reforma

No es necesario suspender ninguna obra de reforma en que no se produzca ninguna interferencia con las personas no relacionadas con la actividad de la obra.

-Se amplían los supuestos de intervención en edificios existentes, admitiendo la ejecución de obras en edificios habitados. Si la vivienda o local sobre el que se vaya a intervenir no están ocupados por sus residentes o usuarios.

-Para la ejecución de estos trabajos, se tomarán todas las  medidas de seguridad e higiene indicadas por las autoridades sanitarias.

Medidas de higiene y seguridad

-Se limitará la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas. Se adoptarán todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.

-El acceso y salida de estos locales, viviendas o zonas se producirá al inicio y a la finalización de la jornada laboral. En caso de fuerza mayor, cualquier salida y entrada del edificio durante la jornada de trabajo deberá ponerse previamente en conocimiento del administrador y / o presidente de la comunidad. Se deberá organizar muy bien la jornada de trabajo para evitar hacer salidas durante la jornada laboral.

-Los trabajadores deben adoptar las medidas de prevención e higiene frente al Covid-19.

Limitación de circulación por zonas comunes

Se permite el acceso a zonas comunes para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para hacer las obras. Por otro lado, la limitación se llevará a cabo estableciendo las medidas de seguridad e higiénicas siguientes:

-Antes del inicio de los trabajos, las empresas o trabajadores que vayan a acceder al edificio, contactarán con el representante legal de la Comunidad  para comunicar la realización de los trabajos, así como el horario laboral de entrada y salida.

-Esta información debe estar visible en las zonas comunes que empresas y trabajadores vayan a utilizar. El motivo es que los vecinos puedan minimizar al máximo la coincidencia con los trabajadores.

-En el caso de tener que acceder a la vivienda no habitada por el desarrollo de los trabajos, a través de zonas comunes, cuando no haya otra posibilidad,  los trabajadores accederán al edificio utilizando máscaras, guantes, pantallas faciales y cálices. O la ropa y calzado utilizados en la entrada y salida en el edificio sean diferentes a los utilizados durante la jornada laboral.

Los materiales y herramientas necesarios se introducirán aislados envueltos en plástico. Se desinfectarán con solución hidroalcohólica los elementos a los que se haya tenido contacto en las zonas comunes. Se prestará especial atención a pomos, interruptores, tiradores…. Después de cada uso del ascensor, limpiar la botonera y paredes de la misma.

Aquí se puede leer el comunicado completo del Gremio.

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*Para más información: www.cuinescat.es

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