Los representantes de los Estados miembros de la UE, aprobaron el 13 de junio el mandato del Consejo Europeo sobre el nuevo reglamento para mejorar la calidad y disponibilidad del material forestal de reproducción (FRM).
La propuesta busca reforzar la innovación y la competitividad del sector forestal de la UE, al tiempo que aborda los desafíos relacionados con la sostenibilidad, la biodiversidad y el cambio climático.
Detalles de la propuesta de reglamento FRM
El texto mantiene los principios existentes de aprobación del «material básico» (árboles parentales) y la certificación del FRM cosechado antes de su comercialización. Según el nuevo marco propuesto, los Estados miembros deberán registrar el material básico aprobado en su territorio en un listado nacional, mientras que la Comisión publicará una lista a nivel de la UE para garantizar la trazabilidad total.
De acuerdo con la propuesta, se prestará mayor atención a la evaluación de las características de sostenibilidad de los árboles parentales. En la práctica, los árboles parentales se evaluarán según sus rasgos contribuyentes a la resiliencia forestal, como la tolerancia a plagas o una mejor adaptación a las condiciones climáticas locales.
Por último, también se hace hincapié en el uso de procesos de producción innovadores, herramientas digitales y técnicas biomoleculares.
Controles oficiales
Actualmente, el número y tipo de controles aplicados al FRM varía significativamente entre los Estados miembros. Con el fin de armonizar las normas, la Comisión propuso extender el llamado reglamento de controles oficiales (2017/625) para cubrir el FRM.
El Consejo reconoce la necesidad de aplicar controles oficiales de manera coherente en toda la UE. No obstante, debido a las especificidades del material forestal de reproducción y para reducir el impacto administrativo y financiero, el Consejo ha acordado que el sector del FRM no debe quedar bajo el ámbito de aplicación del reglamento de controles oficiales.
En consecuencia, en su mandato de negociación, el Consejo acuerda que el nuevo reglamento del FRM debe incluir varias disposiciones sobre controles, para salvaguardar la calidad y trazabilidad del FRM. En particular, contendrá normas sobre la designación de autoridades competentes de control, sus facultades legales y recursos financieros, entre otras disposiciones.
Esto se complementará con ciertos elementos del reglamento de controles oficiales, para garantizar una aplicación coherente de los controles en los Estados miembros. Los elementos clave del reglamento que se aplicarán al sector del FRM incluyen normas sobre controles oficiales del FRM que entra en la UE, la delegación de ciertas tareas de las autoridades competentes, obligaciones de confidencialidad y formación del personal. Este enfoque creará sinergias con los sistemas de control oficial de sectores similares.
Planes de contingencia y lista de especies simplificada
Otro de los puntos debatidos fue la creación de planes nacionales de contingencia para asegurar el suministro de FRM, especialmente tras fenómenos meteorológicos extremos. El Consejo ha optado por que estos planes sean voluntarios y con requisitos simplificados, para evitar una carga administrativa excesiva.
Asimismo, se ha simplificado la lista de especies arbóreas reguladas, lo que permitirá a los Estados miembros adaptar las medidas de control según las especies incluidas o no en el anexo del reglamento.
Obligaciones para los operadores profesionales
El mandato de negociación del Consejo también ha detallado las normas sobre el mantenimiento de registros y las obligaciones de los operadores. En particular, los operadores profesionales deberán estar inscritos en un registro. Además, deberán garantizar la trazabilidad e identificación del FRM en todas las etapas de producción y comercialización, y proporcionar al usuario información completa sobre el FRM mediante un documento específico.
Próximos pasos
Con este mandato aprobado, la presidencia del Consejo está preparada para iniciar negociaciones con el Parlamento Europeo sobre el texto final del reglamento.
*Para más información: www.consilium.europa.eu