Nueva revisión del Reglamento de Deforestación: menos carga administrativa y aplicación en 2026

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Nueva revisión del Reglamento de Deforestación: menos carga administrativa y aplicación en 2026

La Unión Europea ha alcanzado un acuerdo clave para modificar su Reglamento contra la Deforestación, con el objetivo de aliviar la carga administrativa y dar más tiempo a empresas y autoridades para adaptarse a las nuevas obligaciones. Esta revisión redefine el proceso de diligencia debida, introduce medidas de simplificación para pymes y microoperadores y excluye ciertos productos de bajo riesgo. A continuación quedará expuesto qué cambia, por qué y cómo afectará a operadores, comerciantes y a la cadena de suministro en toda Europa.

A raíz de las inquietudes de los Estados miembros y las partes interesadas acerca de la preparación de las empresas y las administraciones, así como respecto de las cuestiones técnicas asociadas al nuevo sistema de información, los colegisladores han apoyado la simplificación específica del proceso de diligencia debida que propone la Comisión. Además, han eliminado el «período de gracia» sugerido inicialmente por la Comisión para las grandes y medianas empresas, inclinándose en su lugar por un claro aplazamiento de la fecha de aplicación para todos los operadores hasta el 30 de diciembre de 2026, lo que ofrece un plazo adicional de seis meses para los operadores que son microempresas y pequeñas empresas.

Principales elementos del acuerdo

Los mandatos de ambas instituciones coincidieron en posponer la aplicación del Reglamento e incorporar nuevas medidas de simplificación, con el fin de disminuir las cargas administrativas sin renunciar a los objetivos marcados.

Según los establecido en el acuerdo, la obligación y la responsabilidad de presentar la declaración de diligencia debida recaerán únicamente en los operadores que comercializan el producto por primera vez. Los colegisladores han pactado que el primer operador de fases posteriores de la cadena de suministro será el responsable de consignar y conservar el número de referencia de la declaración inicial de diligencia debida, en lugar de transmitirlo a fases siguientes de la cadena.

También se precisó la declaración simplificada para los microoperadores y los pequeños operadores primarios. Estos solo deberán presentar una única declaración simplificada y recibirán un identificador de declaración que será suficiente para la trazabilidad.

Intercambio, trazabilidad y medidas administrativas bajo el nuevo Reglamento de la UE

Además, ambos colegisladores han destacado la importancia de asegurar un intercambio permanente con expertos, partes interesadas y los operadores permanentes acerca de la aplicación del Reglamento sobre Deforestación. Esto debe llevarse a la práctica en el marco actual de la plataforma multilateral del grupo de expertos de la Comisión sobre la protección y la restauración de los bosques del planeta. Las instituciones también han acordado requerir a las autoridades competentes que adviertan a la Comisión de toda perturbación considerable del sistema informático para garantizar el funcionamiento óptimo del sistema, pero de forma flexible, con la meta de disminuir al máximo la carga administrativa.

En el intento de continuar reduciendo la carga administrativa, también se ha apalabrado eliminar algunos productos impresos tales como libros, periódicos e imágenes impresas del ámbito de aplicación del Reglamento, como respuesta del riesgo limitado de deforestación relacionado con esos artículos.

Ambos colegisladores han solicitado a la Comisión Europea que realice una revisión de las medidas de simplificación y presente un informe antes del 30 de abril de 2026. Dicho informe deberá analizar los efectos y la carga administrativa del Reglamento sobre Deforestación, especialmente en el caso de los operadores más pequeños, así como proponer vías para resolver los problemas detectados, por ejemplo mediante orientaciones o mejoras en el sistema de información. Cuando sea necesario, deberá acompañarse de una propuesta legislativa.

Próximas etapas

El acuerdo provisional deberá ser ahora ratificado y aprobado formalmente por ambas instituciones antes de que entre en vigor, en sustitución del Reglamento sobre Deforestación vigente.

Contextualización

El Reglamento sobre Deforestación empezó a aplicarse en junio de 2023 con el fin de asegurar que ciertas materias primas —como el ganado bovino, el cacao, el café, el aceite de palma, el caucho, la soja y la madera— y sus productos derivados que se comercialicen en la UE o se exporten desde ella no estén vinculados a procesos de deforestación o degradación forestal.

Sus disposiciones principales debían comenzar a aplicarse el 30 de diciembre de 2024. Sin embargo, debido a las preocupaciones expresadas por varios Estados miembros, terceros países, comerciantes y operadores sobre su grado de preparación, en diciembre de 2024 se acordó un aplazamiento inicial de un año. Así, el Reglamento vigente contempla otro año de prórroga, por lo que pasa a aplicarse a partir del 30 de diciembre de 2026.

La nueva modificación, presentada por la Comisión en octubre de 2025, pretende abordar los desafíos aún existentes para su aplicación, especialmente la necesidad de asegurar el correcto funcionamiento del sistema de información de la UE y de reducir la carga administrativa que recae sobre los operadores más pequeños.

*Otras noticias relacionadas:

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*Para más información: www.consilium.europa.eu/es/

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